Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38117

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-08

Carátula: BANCO MACRO S.A. c/SALINAS Luis Alberto S/ Ejecutivo

Descripción: regulación//a cheque

General Roca, 08 de febrero de 2010.-s

Proveyendo a fs. 199: Agréguese el informe bancario acompañado.-

No constando en autos que la suma mencionada haya sido depositada por el ejecutado, corresponde retener la suma de $ 676,62 (honorarios firmes del Dr. Bertolino fs. 37, IVA y 5% de Caja Forense).-

Previo al libramiento del cheque a favor de Lautaro Vettulo por la suma de $ 4101.66 en concepto de a cuenta de capital firme (fs. 37), pasen las presentes actuaciones en Vista a Rentas.-

Concédese el préstamo solicitado oportunamente.-

Téngase presente la conformidad prestada en el otro si digo.-

Proveyendo a fs. 202: Al punto I: Téngase presente.-

Agréguese la constancia acompañada.-

Líbrese cheque a la orden de Fabrizio Bertolino D.N.I. 21.386.709 por la suma de $ 676.62 en concepto de honorarios IVA y 5% de Caja Forense.-

Téngase presente la reserva formulada.-

A fin de regular oportunamente honorarios complementarios, de la liquidación, practicada, traslado al ejecutado. Not.-

Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Fabrizio Bertolino en la suma de $ 200 .- (M.B. $ 4.778,25, suma ingresada durante su gestión)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Agréguese la constancia de inscripto en Ingresos Brutos y téngase presente.-

De la liquidación practicaa fs. 203 punto VI, traslado. Not.-

Proveyendo a fs. 206: Agréguese.-

Al préstamo solicitado, oportunamente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En.....................se libró cheque N° ................... CONSTE.-

En..................retiró cheque. CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro