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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00369-042-10
Fecha: 2010-03-08
Carátula: U.N.T.E.R. / MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON Y OTRO S/ AMPARO
Descripción: requiere informe. Medida no innovar
Expediente Nro.00369-042-10
San Carlos de Bariloche, 8 de marzo de 2010
Por presentados, parte y domiciliados.
Por iniciada acción de amparo que tramitará conforme el art. 43 de la C. Pcial.
Previo a todo, requiérase informe a tenor de dicho artículo, al sr. Intendente municipal de la localidad de El Bolsón y al sr. interventor del I.P.P.V., a fin de que se expidan sobre la cuestión en debate, en el plazo de cinco días, a cuyo fin, ofíciese con remisión de las copias correspondientes. (confección y diligenciamiento a cargo de los amparistas).
Interin, y habiéndose acreditado con la instrumental acompañada (fs. 1/14) la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora, decrétase medida de no innovar, a fin de que la accionada se abstenga de formalizar la entrega y/o adjudicación de las viviendas afectando el cupo previsto para los afiliados de UNTER a personas ajenas al listado confeccionado por la Seccional El Bolsón de la dicho gremio. Notifíquese.
Resérvese la instrumental acompañada en secretaría.
A lo demás, oportunamente.
LUIS MARIA ESCARDO
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro