Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 22818/08

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-03

Carátula: MESA ELENA IRMA S/ AMPARO

Descripción: Se. Reg.Hon.

///MA, 3 de marzo de 2010.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “"MESA ELENA IRMA S/AMPARO" (Expte.N° 22818/08-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----A fs. 174 el doctor Pedro F.Casariego -por su propio derecho- solicita se regulen sus honorarios profesionales conforme la actuación profesional realizada.- - - - - - - - - - -

----Que mediante sentencia Nº 26 del 05.05.08 dicta por el suscripto con Juez del amparo, resolvió rechazar la acción interpuesta por la señora Elena Irma MESA a fs. 18/19 contra la Municipalidad de Sierra Grande. Con costas por su orden atento a la particular situación presentada en autos (art.68, 2do. párrafo del CPCyC.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Ello así, corresponde fijar la retribución del profesional peticionante doctor Pedro F.Casariego -patrocinante del Intendente de Sierra Grande D.Nelsón Rubén Iribarren-, en el informe producido a fs.130/136, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo dispuesto en el art.36 la Ley de Aranceles.- - - - - - - - - -----Por ello:

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales del doctor Pedro F.CASARIEGO en la suma de Pesos NOVECIENTOS ($900). (10 Jus, art.36, Ley de Aranceles). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ANTE MI:EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: TOMO I SENT. NRO. 12 FOLIO 76 SEC. NRO. 4

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