include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39902
Fecha: 2010-03-03
Carátula: MORALES MUÑOZ Carolina Patricia c/ARMENTO Bruno Francisco y otros S/ Ordinario
Descripción: Inicio
Nota: de haberse recibido los autos "MORALES MUÑOZ Caroline Patricia S/ Beneficio de Litigar sin Gastos (Ex 33349-J5-09)" (Expte. Nro. 40015). Conste.-
Secretaría, 03 de Marzo de 2010.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
//neral Roca, 03 de marzo de 2010.-
Atento la nota que antecede, de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de DIECIOCHO días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a esta ciudad y cédula directa ley 22.172 a Plaza Huincul (Pcia. Neuquén).-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro