Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38292

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-03

Carátula: CAPUZZI Ciriaco S/ Sucesión

Descripción: regulacion de honorarios.-

//neral Roca, 03 de Marzo de 2010.-

Téngase presente la rectificación del monto base efectuada por Rentas.-

Atento el estado de autos y lo peticionado a fs.129, regulo los honorarios profesionales del DR. ARTURO ENRIQUE LLANOS en la suma de $ 5.138.- MB:$ 36.700 monto base determinado por Rentas 131 (rectificando el de fs. 123) ) arts. 6, 7, 24 y 43 Ley 2212 RN.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-(arts.6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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