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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32664III
Fecha: 2010-03-03
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/LEIVA Miguel Angel S/ Ejecutivo
Descripción: se ordenan oficios empleadora y Bco Galicia.-
//neral Roca, 03 de Marzo de 2010.-
Al punto I, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio a la empleadora, haciéndose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 613,65 en concepto de capital con más la suma de $ 300 calculados para intereses y costas.-
Al punto II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Banco Galicia, haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 613,65 en concepto de capital con más la suma de $ 300 calculados para intereses y costas- debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro