Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 24289/10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-01

Carátula: GUERRIERO, BLAS C/ MEDIFE ASOCIACION CIVIL S/ AMPARO S/ APELACIÓN

Descripción: int.ratificar gestion céd..-

Expte.N° 24289/10-STJ-

SEÑOR PRESIDENTE:

Paso a despacho las presentes actuaciones, informando a Ud. que la Cámara del Trabajo de San Carlos de Bariloche, ha concedido a fs.165 en relación y con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto a fs.164 por la representante de la demandada "MEDIFE ASOCIACION CIVIL", ratificado por la apoderada Dra. Paula González a fs. 166, contra la Sentencia Nº266 obrante a fs.150/157, fundamentado a fs. 168/172, sin ratificación de gestión y contestado a fs. 175/179 por los Dres. Jorge Luis Olguin y Sandra Graciela Pacheco, en carácter de gestores de Blas Guerriero, sin ratificación de gestión. CONSTE.-

Secretaría, 25 de febrero de 2010.-

Fdo.: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

///MA, 1º de marzo de 2010.-

-----Por recibidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Previo a todo, intímase a los letrados gestores de la parte requerida Medife y del amparista para que el término de cinco (5) días ratifiquen sus gestiones o acrediten su personería, bajo apercibimiento de ley (art.48 CPCyC).-

-----Notifíquese por cédula.-

Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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