Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0645/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-26

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ MOLINA ADELAIDA S/ SUMARISIMO

Descripción: nulidad notificación

EXPTE. N° 0645/2009

CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ MOLINA ADELAIDA S/ SUMARISIMO

Viedma, febrero de 2010.-

Agréguese.-

Teniendo en cuenta que la cédula que se agrega ha sido efectuada en los estrados del Juzgado y toda vez que no corresponde la notificación en dicha forma, siendo en su caso de aplicación las disposiciones de los arts. 41 y 133 del C.Pr. con relación a la notificación ordenada a fs. 30, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación.-

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Poder Judicial de Río Negro