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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37656
Fecha: 2010-02-26
Carátula: TENA Andrea Viviana c/ITURBURU Carlos Ceferino S/ Ordinario
Descripción: clausura período probatorio.-
//neral Roca, 26 de Febrero de 2010.-
Atento el estado de autos y encontrándose vencido el traslado conferido a fs.185, declárase la negligencia de la prueba oportunamente ofrecida por el demandado (INFORMATIVA a Correo Argentino proveída a fs. 74 y vta) la que no podrá ser producida en esta instancia.-
Consecuentemente, clausúrase el período probatorio.-NOT.-
FIRMA LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria par que las parte aleguen por su orden.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro