Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 29928IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-10

Carátula: BAYRESCARD S.A. c/QUIJADA Inés S/ Ejecutivo

Descripción: a cedula

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

DRA. CAROL RODRIGUEZ CHAVARRIA

TUCUMAN 661, 2* PISO, OFICINA 11 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “BAYRESCARD S.A. C/QUIJADA INES S/EJECUTIVO” (29.928-IV-97) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 03 de noviembre de 2.005.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Carlos Rodriguez Chavarría, en $ ..65......y a Silvana Andrea Ferraccioli en $ ......10...... (MB: $ 270.-)Se hace saber que atento lo dispuesto por la ley 25820 se ha convertido U$S 1 = $1.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense.Glósese la documentación de fs. 11 .-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 10 de noviembre de 2.005.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

BAYRESCARD S.A.

Silvana Andrea Ferracciolli

Tucuman 965 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “BAYRESCARD S.A. C/QUIJADA INES S/EJECUTIVO” (29.928-IV-97) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 03 de noviembre de 2.005.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Carlos Rodriguez Chavarría, en $ ..65......y a Silvana Andrea Ferraccioli en $ ......10...... (MB: $ 270.-)Se hace saber que atento lo dispuesto por la ley 25820 se ha convertido U$S 1 = $1.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense.Glósese la documentación de fs. 11 .-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 10 de noviembre de 2.005.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “BAYRESCARD S.A. C/QUIJADA INES S/EJECUTIVO” (29.928-IV-97) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 03 de noviembre de 2.005.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Carlos Rodriguez Chavarría, en $ ..65......y a Silvana Andrea Ferraccioli en $ ......10...... (MB: $ 270.-)Se hace saber que atento lo dispuesto por la ley 25820 se ha convertido U$S 1 = $1.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense.Glósese la documentación de fs. 11 .-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 10 de noviembre de 2.005.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro