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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38843
Fecha: 2010-02-23
Carátula: LOPEZ FERNANDEZ María del Carmen y RAMOS Juan Antonio S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, 23 de FEBRERO de 2010.=
Agréguese.
Por la tercer etapa, regulo los honorarios del Dr. Osvaldo Miguel Calvo en la suma de $...724...- y los de la Dra. María Cecilia Calvo en la suma de $.724....- a cargo de los herederos (M.B. $ 54.292 -fs. 38- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20 ,págs. 51/2.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumpli das de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro