Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39175

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-22

Carátula: TORRES Gustavo Ariel c/PAILLALEF Saúl Gerónimo S. S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: sent. 508-a Cheque

//neral Roca, 22 de FEBRERO de 2010.=

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "TORRES Gustavo Ariel C/PAILLALEF Saúl Gerónimo S. S/EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. N* 39.175-III-08).-

CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo art. 508 del CPC y C,

b) Que el demandado no opuso excepción en término,

Por ello,

RESUELVO: Llevar la ejecución adelante contra SAUL GERONIMO S. PAILLALEF------------------------ por la suma de $ 350.- con más sus intereses y costas.-

Apruébase en cuanto a lugar por derecho la planilla de liquidación de fs. 21, por la suma de $ 136,46.- al 04-02-09.-

Líbrese cheque a la orden de Gustavo Ariel Torres DNI25.948.473 por la suma de $ 136,46.- en concepto de saldo liquidación aprobada precedentemente.

Regulo los honorarios del DR. Gustavo Ariel Torres, en la suma de $.....- (M:B. $ 486,46.-retiros- art. 6, 7 y 33 ley 2212).

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En.......se libro cheque N° .....y en ......retiro Dr. TORRES. CONSTE.

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Poder Judicial de Río Negro