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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0649/2008
Fecha: 2010-02-19
Carátula: LEUZE EMILIO ADALBERTO S/ SUCESION
Descripción: REQUIERE ACTUACIONES - cita Hernán Daniel Leuze - cesa amei
ºEXPTE. N° 0649/2008
CARATULA: LEUZE EMILIO ADALBERTO S/ SUCESION
Viedma, febrero de 2010.-
1) Tiénese presente lo manifestado.-
Atento el estado y constancias de autos, requiérase al Juzgado Civil nº 1 "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados: "Leon de Leuze Lilia Clotilde y Leuze Emilio c/ Herederos de Lopetegui Chilo María y otros s/ Usucapión" (Expte. nº 233/96/1). Ofíciese.-
2) Atento el estado de autos, surgiendo del certificado de nacimiento obrante a fs. 7 que Hernán Daniel Leuze ha asumido la mayoría de edad, hágase saber que deberá comparecer por sí o mediante apoderado a hacer valer sus derechos. Notifíquese.-
En consecuencia, cése la intervención de la Sra. Defensora de Menores, a cuyo fin pasen los autos en vista.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro