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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0650/2009
Fecha: 2010-02-19
Carátula: BANCO PATAGONIA S.A. C/ ZUBIETA EZEQUIEL ANDRES S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA INICIAL
EXPTE. Nº 0650/2009
CARATULA: BANCO PATAGONIA S.A. C/ ZUBIETA EZEQUIEL ANDRES S/ EJECUTIVO
Viedma, febrero de 2.010.-
Agréguese la documentación acompañada, tiénese presente y estése a la resolución que a continuación se dicta.-
Hágase saber que la reposición de aportes y sellados faltantes por Impuesto de Justicia: $ 40,93 y Aporte al Colegio Abogados: $ 3,28 se ordena con cargo de rendición de cuentas por parte del letrado interviniente oblando en la etapa procesal oportuna los importes liquidados "ut supra" en tales conceptos en el correspondiente formulario de declaración jurada de apertura a juicios con el sello de intervención de la entidad bancaria y acompañarlo a autos, todo ello bajo apercibimientos de ley y de conformidad a lo dispuesto por Acordada 10/03 STJ Anexo 1, art. 6, Acordada 50/03 STJ art. 10, Ley 2716 arts. 13, 15 y 18 2° párrafo y art. 158 Ley 2430).-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro