Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35219

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-19

Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/PALACIOS Hector S/ Ejecución Hipotecaria

Descripción: proveido.-

//neral Roca,19 de Febrero de 2010.-

Al punto I, agréguese.-

Al punto II, regúlase al Dr. César Di Pascual la suma de $ 300.- a cargo del demandado por la actuación de fs. 269, tomando en cuenta que las demás actuaciones resultaron improcedentes y que la revocatoria de fs. 126 no se fijaron costas y está firme.- ( arts. 6, 6 bis, y 7 de la ley 2212).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro