Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0736/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-18

Carátula: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ MELLADO CLAUDIA YANINA S/ EJECUTIVO

Descripción: PJROV.VARIAS J (P)

EXPTE. Nº 0736/2003.-

CARATULA: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ MELLADO CLAUDIA YANINA S/ EJECUTIVO.-

Viedma, febrero de 2.010.-

Toda vez que el poder acompañado no acredita la personería invocada por su presentante, devuélvase el mismo.-

Asimismo, los Dres. Maza y Sferco no han tomado intervención en la presentes actuaciones, aclárese lo manifestado y peticionado en el otro sí decimos.-

jc

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro