Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15505-232-09

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-18

Carátula: GOMEZ GERARDO MARCELO / ALDECOA ROBERTO ADRIAN S/ INCIDENTE FIJACION HONORARIOS S/ INCIDENTE DE RECUSACION

Descripción: Interlocutoria -MEDIDA

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15505-232-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 18 DE FEBRERO DE 2010

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “GOMEZ Gerardo

Marcelo c/ ALDECOA Roberto Adrian s/ INCIDENTE FIJACION

HONORARIOS s/ INCIDENTE DE RECUSACION”, expte. nro.

15505-232-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto

individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,

Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la

temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la

Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que a los fines de resolver la recusación del

sr. Juez de Ia. Instancia, dr. Jorge Serra, resulta

necesario tener a la vista la causa principal, así como

el incidente de fijación de honorarios al cual accede el

presente.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) requerir la remisión ad effectum videndi

et probandi de las causas indicadas; a cuyo fin:

ofíciese.

2do.) Interin, interrúmpanse los plazos para

fallar.Oportunamente practíquese nuevo cómputo.-

3ro.) Notifificar, registrar y protocolizar lo

aquí decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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