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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0820/2008
Fecha: 2010-02-17
Carátula: NUÑEZ COSME NERES S/ SUCESION
Descripción: ACTA ART. 697 DEL C. Pr.
EXPTE. N° 0820/2008
CARATULA: NUÑEZ COSME NERES S/ SUCESION
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 17 días de febrero de 2010, siendo las 10,00 hs., comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos el sr. Neres Orlando Nuñez (D.N.I. nº 13.293.210) conjuntamente con su letrado Dr. Fernado Laborde y los sres. Verónica Mariela Nuñez (D.N.I. nº 28.550.524), Cristian Gustavo Nuñez (D.N.I. nº 24.762.371) y Gladys Noemí Nuñez (D.N.I. nº 14.007.213) junto a su letrado Dr. Fernando Casadei, a la audiencia dispuesta por el art. 697 del C. Pr. Abierto el acto por la Sra. Juez y luego de dialogar con las partes, manifiestan que acuerdan designar como administradora de la sucesión a la sra. Gladys Noemí Nuñez (D.N.I. nº 14.007.213. Oído lo cual la sra. Juez resuelve: desígnar Administradora Judicial de acuerdo a lo previsto en el art. 709 del C.Pr., a la sra. Gladys Noemí Nuñez (D.N.I. nº 14.007.213 quién acepta el cargo en este acto (art. 710 del C.Pr.). La misma deberá llevar su cometido conforme las facultades y obligaciones previstas en los arts. 712 y 713 del C.Pr., jurando desempeñar el mismo legalmente, constituyendo domicilio en calle Rivadavia Nº 65 y denunciando el real en Juana Azurduy Nº 688 de Viedma. Oportunamente expídase testimonio. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes, luego de la sra. Juez, por ante mí que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro