Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14901-058-08

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-17

Carátula: LOURENCO CONCEPCION / CALAROTA JOSE S/ DIVORCIO S/ INCIDENTE VALOR LOCATIVO

Descripción: caducidad segunda instancia.

Expediente Nro.14901-058-08

San Carlos de Bariloche, 17 de febrero de 2010.

VISTOS: Estos autos caratulados: " LOURENCO CONCEPCION C/ CALAROTA JOSE S/ INC. VALOR LOCATIVO", expte. nro. 14901-058-08 (reg. cám.),y

CONSIDERANDO: I.- Que desde la última actividad útil a los fines de impulsar el procedimiento , han transcurrido en exceso los plazos previstos por el art. 310 y de conformidad con el art. 316 CPCC corresponde decretar la caducidad de segunda instancia en los presentes autos.

Por lo expuesto, la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL, RESUELVE:

I.- Decretar la caducidad de segunda instancia en los presentes autos, disponiendo la remisión de los mismos al juzgado de origen.

II.- Notifíquese, registrese, protocolícese.

HORACIO C. OSORIO LUIS M. ESCARDO EDGARDO J. CAMPERI

Juez de Cámara Presidente Juez de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro