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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37658
Fecha: 2010-02-17
Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/MILANESI Aldo s/suc. S/ Ejecutivo
Descripción: regulación por acrecidos.-
//neral Roca, 17 de Febrero de 2010.-
Atento el estado de autos y encontrándose vencido el traslado conferido a fs. 235, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación (por intereses) practicada a fs.229 por la suma de $ 1.086,90 al 15/09/2008.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del DR. JUAN CARLOS GIMENEZ en la suma de $ 270.- MB:$ 4.696,57 cancelación denunciada a fs. 230.- arts. 6, 6 bis, 7 y 40 Ley 2212 RN).´
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts. 6, 6 bis y 7 Ley 212 RN).-
Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro