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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39941
Fecha: 2010-02-16
Carátula: TARJETA NARANJA S.A c/MARTINEZ Juan Bautista S/ Ejecutivo
Descripción: embargo de sueldo
General Roca, 16 de febrero de 2010.-s
Téngase presente y atento el bien denunciado a embargo (sueldos de la parte demandada), líbrese oficio a la empleadora Gobierno de la Provincia de Río Negro -Consejo de Educación- a fin de que haga efectivo el mismo sobre los sueldos de la demandada en el porcentaje de ley y hasta cubrir las sumas de $ 3.310,87 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.200 que se calculan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Una vez trabado el embargo notifíquese al afectado dentro del tercer día de la traba, a cuyo fin líbrese cédula.-
Proveyendo a fs. 30: Agréguese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro