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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37032
Fecha: 2005-11-09
Carátula: MORA Gerardo y otra S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: nueva audiencia//cèdula observada
cèdulas observadas, notificar también las fechas de las cédulas
General Roca, 09 de noviembre de 2.005.-
Téngase presente el domicilio denunciado y cítese a los futuros demandados a fin de que comparezca a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula, cédula ley a Rosario y cédula directa a Viedma.-
Fecho, para la declaración de los testigos propuestos, a fs. 9, fíjase la audiencia del día 21 de abril de 2.006 a las 8,00 hs. hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 04 de mayo de 2.006 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.-
Dr. RICHAR GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro