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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34975
Fecha: 2005-11-09
Carátula: MENDOZA Viviana Beatriz S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: traslado art.81 del CPC.-
//neral Roca, 09 de Noviembre de 2005.-
Por presentado en el carácter invocado (art. 48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Agréguese y téngase presente lo manifestado para su oportunidad.-
Deposítese en caja fuerte la documentación original.-
Atento el estado de autos, de la prueba producidad, traslado a las partes por el término de cinco dias (art.81 del CPC).-Notifiquese
RICHAR FERNANDO GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
NOTA.En la fecha se deposito doc.original de fs.66/68.
CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro