Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34975

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-09

Carátula: MENDOZA Viviana Beatriz S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: traslado art.81 del CPC.-

//neral Roca, 09 de Noviembre de 2005.-

Por presentado en el carácter invocado (art. 48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-

Agréguese y téngase presente lo manifestado para su oportunidad.-

Deposítese en caja fuerte la documentación original.-

Atento el estado de autos, de la prueba producidad, traslado a las partes por el término de cinco dias (art.81 del CPC).-Notifiquese

RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

NOTA.En la fecha se deposito doc.original de fs.66/68.

CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro