Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39516

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-15

Carátula: ZUCCHINI Milton Edgardo c/MARTINEZ Carlos Eugenio y Otros S/ Ordinario

Descripción: clausurase periodo probatorio.-

//neral Roca, 15 de Febrero de 2010.-

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra.Juez:

CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido habiéndose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por las partes.-

SECRETARIA, 15 de Febrero de 2010.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 15 de Febrero de 2010.-

Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probartorio.-NOT.-

FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria para que las partes aleguen por su orden.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro