include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34696III
Fecha: 2010-02-11
Carátula: SPINA Ricardo Jose S/ Sucesión
Descripción: regulacion
General Roca, 11 de febrero de 2.010.-
Atento lo peticionado a fs. 83 de los autos caratulados "ARROYO ROSA MARTHA S/ SUCESION" (32907-III-00), y habiendose regulado honorarios profesionales en estos autos por las tareas cumplidas en ambos expedientes, por la actuación detallada por el profesional, regulo por la primera , segunda y parte de la tercera etapa los honorarios de Luciano Pedro Garrido en $ 370.- y por la segunda y parte de la tercer etapa los honorarios de Sergio Claudio Schroeder en $ 84.- (M.B. $ 4.179,30 que surgen de los bonos de fs. 59 $ 2.379,30 y la indemnización de $ 1.800 de fs. 65.- Expte. 32907)
Los honorarios son a cargo de la heredera.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2212.- ).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro