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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0021/2010
Fecha: 2010-02-10
Carátula: PALMA JORGE Y PAZOS ADELINA S/ SUCESIONES
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
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C E D U L A
Señores: ELVIRA LEONOR PALMA, AMERICO PALMA, JORGELINA ADELINA PALMA, ROSALIA ETELVINA PALMA, MARIA YOLANDA PALMA Y JORGE MIGUEL PALMA (Dra. Cecilia Cabello)
Domicilio: COLON 385 - 1ER. PISO (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PALMA JORGE Y PAZOS ADELINA S/ SUCESIONES ", Expte. Nº 0021/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, febrero de 2.010.- Por recibido. Hágase saber la Juez que va a entender en las presentes actuaciones. Notifíquese.- ... Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2010.-
Gustavo Javier Tenaglia
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro