Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0154/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-09

Carátula: SANDOVAL JULIO SIMON Y OTROS C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (HOSPITAL ARTEMIDES ZATTI) S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR

EXPTE. Nº 0154/2006.-

CARATULA: SANDOVAL JULIO SIMON Y OTROS C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (HOSPITAL ARTEMIDES ZATTI) S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 476 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA:

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: Historia Clínica del Hospital Zatti, producida a fs. 679, reservada bajo registro S-04/08.-

TESTIMONIAL: Del sr. Horacio tripailao, producida a fs. 555/556; de la sra. Diana Isabel Canario producida a fs. 557/558; de la sra. Alicia Roxana Silva, producida a fs. 559/560; del sr. Pablo Estevan, producida a fs. 659/660 y del sr. Gonzalo Toundaian, producida a fs. 570/571.-

PERICIA PSIQUIATRICA: Producida a fs. 604/623. A fs. 625/626 observa pericia Baroni; a fs. 629/630 solicita explicaciones la parte actora; a fs. 636 observa pericia la Provincia de Río Negro; a fs. 640, 643/644 contesta el perito.-

PERICIA MEDICA: Producida a fs. 501/533. A fs. 546/547 la parte actora solicita explicaciones. A fs. 566/568, el perito contesta el traslado. A fs. 552/553 solicita explicaciones Baroni. A fs. 590/592, el perito contesta el traslado.

PARTE DEMANDADA (PROVINCIA DE RIO NEGRO):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

TESTIMONIAL: Del Dr. Mario Pablo Estevan, producida a fs. 659/660.-

PERICIA MEDICA: Producida a fs. 501/533. A fs. 546/547 la parte actora solicita explicaciones. A fs. 566/568, el perito contesta el traslado. A fs. 552/553 solicita explicaciones Baroni. A fs. 590/592, el perito contesta el traslado.-

PRUEBA CITADO COMO TERCERO (FUNDACION MEDICA BAHIENSE - HOSPITAL PRIVADO DEL SUR):

PERICIA MEDICA: Producida a fs. 501/533. A fs. 546/547 la parte actora solicita explicaciones. A fs. 566/568, el perito contesta el traslado. A fs. 552/553 solicita explicaciones Baroni. A fs. 590/592, el perito contesta el traslado.-

PRUEBA CITADO COMO TERCERO (BARONI):

INFORMATIVA: Historia Clínica del Hospital Zatti, producida a fs. 679, reservada bajo registro S-04/08.-

PERICIA MEDICA: Producida a fs. 501/533. A fs. 546/547 la parte actora solicita explicaciones. A fs. 566/568, el perito contesta el traslado. A fs. 552/553 solicita explicaciones Baroni. A fs. 590/592, el perito contesta el traslado.-

PRUEBA CITADO COMO TERCERO (CASALINI):

DOCUMENTAL EN PODER DEL TERCERO CITADO: producida a fs. 682.-

INFORMATIVA: Historia Clínica del Hospital Zatti, producida a fs. 679, reservada bajo registro S-04/08.-

TESTIMONIAL: Del Dr. Mario Pablo Estevan, producida a fs. 659/660. Del sr. Rubén Eduardo Matoso, producida a fs. 726 y del Sr. Diego Marcelo Maurizzi, producida a fs. 724/725.-

PRUEBA DE LA SRA. ASESORA DE MENORES: Producida a fs. 737/738.-

SECRETARIA, febrero de 2.010.-

s.b.s.

Gustavo Javier Tenaglia

Secretario Subrogante

Viedma, febrero de 2.010.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 495 T.O. Ley 2208. Notifíquese.-

Atento el estado de autos, surgiendo de las constancias de las presentes actuaciones que Jessica Romina Sandoval ha asumido la mayoría de edad, hágase saber que deberá comparecer por sí o mediante apoderado a hacer valer sus derechos. Notifíquese.-

En consecuencia, cése la intervención de la Sra. Defensora de Menores e Incapaces, a cuyo fin pasen los autos en vista.-

A los fines de un mejor ordenamiento procesal, fórmese cuarto cuerpo a partir de la foja 601.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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