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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0896/01/6
Fecha: 2005-11-08
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ DACAL FELIPE LEONARDO S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDAC. CREDIL- OF EMBARGO Y BCO
EXPTE. Nº 0896/01/6
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ DACAL FELIPE LEONARDO S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2005.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 55 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho y por así corresponder en la suma de $ 640,54 al 30-09-2005, de la que corresponde: $ 457,88 a intereses de Capital; $ 182,66 a intereses de Honorarios regulados a la Dra. Ana Carolina Scoccia, aporte de Caja Forense e IVA, adecuada que fue conforme los parámetros de sentencia.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, como empleado del Banco Nación Argentina hasta cubrir la suma de $ 428,54 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 246 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. Ana Carolina Scoccia y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 182,66 por Honorarios y al Dr. Cristian Mildenberger hasta la suma de $ 457,88 por Capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
s.b.s.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro