Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0885/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-08

Carátula: CARDELLI ARIEL MARIO Y OTROS C/ CESTARE RUBEN ALBERTO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: GESTOR Y PROVIDENCIA

EXPTE. No.0885/2003

CARATULA:CARDELLI ARIEL MARIO Y OTROS C/ CESTARE RUBEN ALBERTO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, noviembre de 2005.-

Por presentado en los términos del art. 48 del C. Pr., hágase saber al Dr. Juan Carlos Perrote que deberá acreditar personería o ratificar la gestión del sr. Ruben Alberto Cestare, en el plazo y bajo el apercibimiento dispuestos en el art. citado.-

De las observaciones manifestadas sobre los puntos de pericia médica y psicológica, córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-

s.b.s.

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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