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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1251/2009
Fecha: 2010-02-08
Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ OCHOA MARIA ANGELICA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
Descripción: INICIA P.V.E. OTRA LOCALIDAD
EXPTE. N° 1251/2009
CARATULA: BANCO MACRO S.A. C/ OCHOA MARIA ANGELICA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
Viedma, febrero de 2010.-
Por presentado, parte y por constuído el domicilio.-
Agréguese la documentación, reservándose los originales en Secretaría, procediéndose a la devolución de los impresos acompañados por carecer de valor legal y no estar suscriptos por autoridad competente alguna y/o profesional interviniente.-
Por iniciadas medidas preparatorias de la vía ejecutiva.-
A los fines del reconocimiento de la firma obrante al pie del contrato de emisión de tarjeta de crédito obrante a fs. 16/20 y en su caso reconozca la deuda que se reclama, líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de la localidad de San Antonio Oeste, quien deberá proceder fijar audiencia a esos fines, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de tenerle por reconocida la firma a la demandada, sra. María Angélica Ochoa en caso de no comparecer personalmente o no probar justa causa de inasistencia, conforme lo establecido por el art. 526 del C.P.C.C.. Adjúntese al oficio ordenado el correspondiente contrato.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse reservado un contrato de emisión de tarjeta de crédito bajo registro nº B - 47/09. Conste.-
Secretaría, febrero de 2.010.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro