Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1251/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-08

Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ OCHOA MARIA ANGELICA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Descripción: INICIA P.V.E. OTRA LOCALIDAD

EXPTE. N° 1251/2009

CARATULA: BANCO MACRO S.A. C/ OCHOA MARIA ANGELICA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Viedma, febrero de 2010.-

Por presentado, parte y por constuído el domicilio.-

Agréguese la documentación, reservándose los originales en Secretaría, procediéndose a la devolución de los impresos acompañados por carecer de valor legal y no estar suscriptos por autoridad competente alguna y/o profesional interviniente.-

Por iniciadas medidas preparatorias de la vía ejecutiva.-

A los fines del reconocimiento de la firma obrante al pie del contrato de emisión de tarjeta de crédito obrante a fs. 16/20 y en su caso reconozca la deuda que se reclama, líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de la localidad de San Antonio Oeste, quien deberá proceder fijar audiencia a esos fines, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de tenerle por reconocida la firma a la demandada, sra. María Angélica Ochoa en caso de no comparecer personalmente o no probar justa causa de inasistencia, conforme lo establecido por el art. 526 del C.P.C.C.. Adjúntese al oficio ordenado el correspondiente contrato.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: De haberse reservado un contrato de emisión de tarjeta de crédito bajo registro nº B - 47/09. Conste.-

Secretaría, febrero de 2.010.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro