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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1254/2009
Fecha: 2010-02-08
Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ OCHOA MARIA ANGELICA S/ EJECUTIVO
Descripción: ACLARAR
EXPTE Nº 1254/2009
CARATULA: BANCO MACRO S.A. C/ OCHOA MARIA ANGELICA S/ EJECUTIVO
Viedma, febrero de 2010.-
Por presentado, parte y domiciliado. Agréguese la documental acompañada y resérvese la original en Secretaría.-
Atento que de los términos del escrito en despacho surge que lo que se pretende ejecutar es el saldo deudor del préstamo personal nº 5480015269, conforme certificación de deuda adjunta y que la misma no se encuentra prevista en el art. 523 inc. 5 del C.Pr., siendo en su caso monitorio el proceso respecto del pagaré de fs. 15, aclárese la ejecución pretendida y se proveerá.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse efectuado la reserva ordenada bajo registro B-50/09. Conste.-
Secretaría, febrero de 2010.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro