Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0642/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-05

Carátula: PASTORE ERNESTO AUGUSTO Y ECHAVE BERNABELA S/ SUCESIONES

Descripción: INCOMPETENCIA

EXPTE. N° 0642/2009.-

CARATULA: PASTORE ERNESTO AUGUSTO Y ECHAVE BERNABELA S/ SUCESIONES.-

Viedma, febrero de 2010.-

Por recibido. Agréguese la media carátula a sus antecedentes.-

Atento lo que surge de las actuaciones recibidas, Expte. nº 4/80, teniendo en cuenta el adelanto en los trámites realizados, las medidas dispuestas y de conformidad con lo dispuesto en el art. 696 del C.Pr., declárome incompetente para seguir entendiendo en estos actuados, en consecuencia, remítanse las presentes actuaciones al Juzgado Civil nº 1, a los fines de su acumulación y prosecución del presente trámite. Sirva la presente de atenta nota de envío.-

Rosana Calvetti

Juez

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