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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30974III
Fecha: 2005-11-08
Carátula: ZARAGOZI Claudio y otros c/ROMULO PEDRESCHI y otro S/ Ordinario
Descripción: EMBARGOS
//neral Roca, 08 de NOVIEMBRE de 2005._ Al punto I, aclare concretamente de qué embargos desiste.
Al punto II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo fin líbrese oficio ley 22172 al Registro de Propiedad del INMUEBLE correspondiente, a fin de que trabe embargo, haciendole saber que la medida se anotara siempre y cuando el bien se encuentre a nombre de alguno de los demandados en autos, por las sumas de $ 44.981,95.- en concepto de capital (planila aprobada a fs. 603 menos losretiros de fs. 606 y 617) y $ 13.792,26 correspondientes a liquidación aprobada a fs. 603 -por honorarios- con más la de $ 18.000.- calculados para intereses y costas. Requieranse ademas, condiciones de dominio, gravamenes e inhibiciones. Téngase presente la persona facultada para su diligenciamiento.
Dr. RICHAR GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro