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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39736
Fecha: 2010-02-04
Carátula: MEDINA Olga Susana y BENITEZ DUTRA Angela y ARIAS Roberto Carlos S/ Homologación
Descripción: proveido.-
//neral Roca, 04 de Febrero de 2010.-
Proveyendo el escrito de fs. 22: No habiendo suscrito el escrito presentado la Sra. Olga Susana Medida, téngase al Dr.Juan Angel Elizondo por presentado en el carácter de gestor procesal (art.48 del CPC).-
Al punto I, agréguense las boletas de aportes acompañadas.-
Atento el estado de autos, líbrese mandamiento de desahucio contra los demandados.-
Téngase presente la persona facultada para su diligenciamiento.-
Imprímase al escrito presentado el carácter de PRONTO Y PREFERENTE DESPACHO.-
Al OTROSI DIGO:Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense.-
Proveyendo el escrito de fs.23, téngase presente la ratificación efectuada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro