Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39736

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-04

Carátula: MEDINA Olga Susana y BENITEZ DUTRA Angela y ARIAS Roberto Carlos S/ Homologación

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 04 de Febrero de 2010.-

Proveyendo el escrito de fs. 22: No habiendo suscrito el escrito presentado la Sra. Olga Susana Medida, téngase al Dr.Juan Angel Elizondo por presentado en el carácter de gestor procesal (art.48 del CPC).-

Al punto I, agréguense las boletas de aportes acompañadas.-

Atento el estado de autos, líbrese mandamiento de desahucio contra los demandados.-

Téngase presente la persona facultada para su diligenciamiento.-

Imprímase al escrito presentado el carácter de PRONTO Y PREFERENTE DESPACHO.-

Al OTROSI DIGO:Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense.-

Proveyendo el escrito de fs.23, téngase presente la ratificación efectuada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro