Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1334/97/5

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-03

Carátula: KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: autoriza a compensar acreedor

EXPTE. N° 1334/97/5

CARATULA: KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, febrero de 2010.-

Atento lo solicitado, el estado de autos, lo expresado por la curadora de los bienes a fs. 460 y teniendo en cuenta lo que surge de la sentencia de fs. 64 de los autos caratulados: "Banco de la Nación Argentina c/ Kucich Omar Domingo s/ Ordinario", Expte nº 0691/2007 y los informes de dominio y gravámenes de fs. 417/421, hágase saber al martillero, sr. Febo Dario Capponi, que en caso de resultar comprador en la subasta el acreedor hipotecario con relación a los inmuebles hipotecados, el mismo se encuentra eximido del pago de la seña correspondiente. Notifíquese y hágase entrega al peticionante de copia certificada de la presente.-

En cuanto a la solicitud de compensación, hágase saber al solicitante que la misma será efectiva en la oportunidad en que deba ser abonado el saldo de precio de la subasta, conforme lo dispuesto en el art. 581 del Código Procesal Civil y Comercial, de acuerdo a lo previsto por los arts. 818 y sgtes. del Código Civil, y con las directivas -en su caso- de los arts. 218, 590 y 591 del Código Procesal Civil y Comercial.-

Rosana Calvetti

Juez

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