Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0950/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-03

Carátula: DESH MARIA EVA C/ HOURCADE ROBERTO CARLOS S/ EJECUTIVO S/ RECURSO

Descripción: declara mal concedido el recurso - devuelve actuaciones al Juzg. de Paz de SAO

EXPTE. Nº 0950/2009

CARATULA: DESH MARIA EVA C/ HOURCADE ROBERTO CARLOS S/ EJECUTIVO S/ RECURSO

Viedma, febrero de 2.010.-

Estése a lo que a continuación se dispone.-

Atento el estado de autos, constancias de la causa y siendo inapelables los juicios tramitados por ante la Justicia de Paz donde el valor cuestionado no exceda el 50 % del monto establecido en el art. 63 de la Ley Orgánica de conformidad con lo previsto en el art. 64 de dicha ley, corresponde declarar mal concedido el recurso interpuesto a fs. 23 y devolver las actuaciones al Juzgado de Origen, sirviendo la presente de atenta nota de envío.-

Rosana Calvetti

Juez

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