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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39959
Fecha: 2010-02-03
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/CASTRO Arnaldo y Otra S/Sucesión S/ Legítimo Abono
Descripción: Certifica-INICIO
//neral Roca, 03 de FEBRERO de 2010.=
Por presentado, parte y con domicilio.-
Cúmplse con el art. 8 de la ley 4132.
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante este Juzgado y Secretaria, tramitan los autos caratulados: "CASTRO Arnaldo Ramón y REBORA Elisa Virginia S/Sucesión" (39.136-III-08), en los cuales a fs. 32 obra declaratoria de herederos con fecha 21-12-09, declarando únicos y universales herederos a sus hijos HORACIO FRANCISCO y SILVIA MARIA CASTRO y REBORA
Domicilio real de Horacio Francisco Castro: Bahía Blanca 2196 de Gral. Roca y de Silvia María Castro en Irigoyen 462 de Viedma.
Domicilio legal: Tucumán 661, 2° piso, Oficina 8 -Dres. Vicente Pili, Luis Longo y Hernán Laino-.
Secretaría, 03 de FEBRERO de 2010.=
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 03 de FEBRERO de 2010.=
Del presente incidente de legitimo abono, córrase traslado a los por el término de CINCO días.- Notifiquese con entrega de copias en el domicilio constituido.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Déjese constancia en el sucesorio, de la iniciación de los presentes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro