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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37930
Fecha: 2010-02-03
Carátula: BENITO Hector Abel y otros S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: traslado del 81.-
General Roca, 03 de febrero de 2.010.-s
Proveyendo a fs. 42: Agréguese.-
Atento el estado de autos, de las pruebas producidas, traslado a las partes por el término de cinco días (art. 81 del C.P.C.).-
No encontrándose notificado el futuro Alejandro Azcona, a fin de dar cumplimiento con el traslado conferido precedentemente, líbrese cédula directa a Buenos Aires, con copia de toda la prueba producida.-
Pasen las presentes actuaciones en vista a RENTAS.-
Proveyendo a fs. 43: A la resolución solicitada, oportunamente.-
Téngase presente lo manifestado en el 2° párrafo.-
Proveyendo a fs. 44 y 45: Téngase presente para su oportunidad.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro