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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0157/2009
Fecha: 2010-02-02
Carátula: PEREZ SEGUNDO LEONCIO Y OTRA C/ CAMPOS BENEDICTO PASCUAL S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
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C E D U L A
Señor: Segundo Leoncio Perez y Edith Mabel Rodriguez - Dres. Schiavi de van konijnenburg- Aramburu-Cáccamo
Domicilio: Ceferino Namuncurá 104- (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PEREZ SEGUNDO LEONCIO Y OTRA C/ CAMPOS BENEDICTO PASCUAL S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS ", Expte. Nº 0157/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre 28 de 2.009.-Agréguese.-Atento lo solicitado, el estado de autos y a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 23 de abril de 2.010 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Gabriel Darío Fresco y David Oñate, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 30 de abril de 2.010 a las 12:00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2010.-
Gustavo Javier Tenaglia
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro