Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37616

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-02

Carátula: MARILE Victor y Otros c/GIMENEZ Elsa E. y Otro S/ Sumario

Descripción: se presentan demandados.-

//neral Roca, 02 de Febrero de 2010.-

Proveyendo el escrito de fs.86/88, por presentada, parte y con domicilio legal constituído.-

Cúmplase con lo dispuesto por el art.8 Ley 2897.-

Al punto I y II, en atención a lo peticionado y lo informado por la Sra. Oficial Notificador en las cédulas de notificaciones diligenciadas y agregadas a fs. 83 vta y fs. 84 vta y no habiéndose acompañado las respectivas copias de traslado de la demanda y de la documental, declárase la nulidad de las notificaciones efectuadas a los demandos Sres. José Antonio Indaver y y Elsa Esther Giménez.-

Cúmplase con un nuevo traslado de la demanda a los accionados a los mismos fines que el ordenado a fs. 82 último párrafo a cuyo fín líbrense cédulas, con adjunción de las copias correspondientes.-

Al punto III, IV, V y VI, téngase presente y oportunamente.-

Proveyendo el escrito de fs. 89, por presentado, parte y con domicilio legal constituído.-

Téngase presente la adhesión en todos sus términos a la contestación formulada por la Sra. Elsa Ester Gimenez.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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