Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-02-02

Carátula: BBVA BANCO FRANCES S.A. c/MAJO Angel H. y Otros S/ Ejecutivo (Ex-167-I-07)

Descripción: se ordena posesión al comprador y oficio al RPI.-

//neral Roca, 02 de Febrero de 2010.-

Por presentado en el carácter invocado y por constituído domicilio legal.-

Al punto I: Téngase por abonado el saldo de precio por el comprador en subasta Sr. NICOLAS MONASTERIO.-

Póngase en posesión del comprador los inmuebles adquiridos en pública subasta, debiendo respetar el usufructo que pesa sobre los mismos, por intermedio del martillero actuante en autos Sr. Julio Enrique Malnis, quién deberá labrar el acta respectiva de entrega.- Notifíquese personalmente o por cédula.-

Al punto II: atento el estado de autos, procédase a la inscripción de los inmuebles adquiridos en pública subasta individualizado como: LA NUDA PROPIEDAD de los inmuebles ubicados en la Zona Rural de la localidad de Ingeniero Huergo designados como Lote 9 de la Manzana 397 Nomenclatura Catastral:05-4-E-003-05 inscripto bajo Matrícula 05-20598, al Tomo 769-Folio 26 Finca 83.589 y Nomenclatura Catastral 05-4-E-003-06 inscripto bajo Matrícula 05-20599 al Tomo 336 Fo 634 Finca 147.241 a nombre del comprador en subasta Sr. NICOLAS MONASTERIO DNI 30.217.667, a cuyo fín ofíciese al Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente, haciéndosele saber asimismo que deberá proceder al levantamiento de las medidas cautelares que pesaren sobre dichos inmuebles y atento haber comprado los bienes inmuebles en subasta el mismo fué adquirido libre de toda deuda por impuestos, tasas y contribuciones, debiéndose inscribir de tal forma en el mencionado organismo siendo a cargo del comprador las que se generan a partir de la aprobación de subasta (16 de diciembre de 2009 fs.388) de lo que deberá dejarse constancia en el cuerpo del oficio a librarse.-

Líbrense oficios a la Dirección General de Rentas, Consorcio de Riego de Ingeniero Huergo y Municipalidad de Ingeniero Huergo a fín de que tomen debida nota que las deudas de los inmuebles que se generen son a cargo del comprador a partir de la aprobación de la subasta dia 16 de diciembre de 2009.-

Al punto III, a la indisponibilidad de fondos solicitada téngase presente, sin perjucio que deberán resguardarse los privilegios impuestos por el art.3879 del C.C: Asimismo se hace saber que se ha ordenado el oficio de inscripción al Registro de la Propiedad Inmueble.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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