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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0672/00/6
Fecha: 2005-11-07
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ QUIÑENAO MARIA DE LAS NIEVES S/ EJECUTIVO
Descripción: SE OFICIA A LA EMPRESA EMPLEADORA
EXPTE. Nº : 0672/00/6.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ QUIÑENAO MARIA DE LAS NIEVES S/ EJECUTIVO.-
Viedma, noviembre de 2005.-
Atento lo peticionado y teniendo en cuenta las constancias obrantes en la causa, en especial lo informado a fs. 113/117, líbrese oficio a la empresa Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia, a los fines que informe los montos y número de cuenta en donde se efectuaron los depósitos de las sumas embargadas en autos, caso contrario, intímase a dicha empresa a dar estricto cumplimiento con el embargo decretado y comunicado mediante oficio n° 201/04 y su ampliatorio, nº 628/04, bajo apercibimiento de ley, debiendo transcribirse los arts. 398 y 399 del C. Pr..-
a.p.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro