Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38370

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-30

Carátula: CREDIL S.R.L. c/TORRES Zulema Gilma S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena oficio ampliatorio.-

//neral Roca, 30 de Diciembre de 2009.-

Agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes de la accionada en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 552,93 en concepto de capital con más la suma de $ 250 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Se deja constancia que la suma del embargo ordenado precedentemente surge de restar al monto de la planilla de liquidación aprobada a fs.55 ($ 614,65) la extraciòn realizada a fs.58 de $ 61,72.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro