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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0575/2008
Fecha: 2009-12-29
Carátula: SANDOVAL COFRE ANGEL MARIA Y OTROS C/ PORTONE RUBEN RENE Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: LLAM.AUTOS PARA RESOLVER (INTERLOCUTORIA)
EXPTE. Nº 0575/2008
CARATULA: SANDOVAL COFRE ANGEL MARIA Y OTROS C/ PORTONE RUBEN RENE Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, diciembre de 2.009.-
Al escrito de fs. 433/438:
Por contestado el traslado conferido a fs. 432.-
Atento el estado de los presentes obrados, llámase autos para resolver.-
Proveyendo a fs. 439:
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que existe diferencias en el pago de los sellados efectuado a fs. 428, ello conforme lo dictaminado por la Dirección General de Rentas a fs. 431, amplíase la providencia de fs. 432, en el sentido que deberá reponerse la suma de $ 210,84 en concepto de sellados.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro