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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00297-033-08
Fecha: 2009-12-28
Carátula: FOROPON JUAN Y OTRA / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: CONTENCIOSO- Por secretaría certifíquese vencimiento prueba
Expediente Nro.00297-033-08
CERTIFICACION DE PRUEBA:
Sr.Presidente: Atento al estado de autos, certifico en cuanto ha lugar y por derecho que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiéndose producido la siguiente:
ACTORA:
Instrumental: La agregada a fs. 31/32.
Testimonial: Declaraciones de los los dos testigos ofrecidos Julio Colon y Dos Santos Valdez a fs. 61 y nota de fs. 63 vta.
DEMANDADA:
Instrumental: Expedientes agregados a fs. 31/32.
Secretaría, de diciembre de 2009
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 de Diciembre de 2009
Téngase presente la certificación que antecede. Clausúrase el período probatorio. Notifíquese.
Cumplido. Pónganse los autos a disposición de las partes a los fines de los alegatos (art. 482 CPCC).
Sin perjuicio de todo ello, resérvese el alegato presentado hasta su oportunidad.
LUIS MARIA ESCARDO
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro