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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38377
Fecha: 2009-12-23
Carátula: EIBAR Horacio Reynaldo S/ Sucesión
Descripción: regulacion
//neral Roca, 23 de diciembre de 2009.-
Téngase presente la conformidad de Rentas.
Por la primera y segunda etapa, regulo los honorarios del Dr. Roberto Joison en la suma de $ 740.- los de la Dra. María Laura Joison en la suma de $ 740.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 185.- y $ 185.- respectivamente a cargo de la cónyuge supérstite (M.B. $ 29.799,66.- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Tengase presente lo manifestado en el punto IV y hágase saber al Escribano Enrique Epifanio que deberá requerir las condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones, como así también los certificados de libre deuda.-
Téngase presente la conformidad prestada por Dirección General de Rentas a fs. 171.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro