Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0737/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-22

Carátula: INOSTROZA GLADYS PATRICIA C/ ESTEVAN MARIO PABLO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: acredite personería

EXPTE. N° 0737/2009

CARATULA: INOSTROZA GLADYS PATRICIA C/ ESTEVAN MARIO PABLO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, diciembre de 2009.-

Por presentado y domiciliado.-

No surgiendo del poder acompañado la representación invocada, acredítese personería.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Rosana Calvetti

Juez

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