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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0737/2009
Fecha: 2009-12-22
Carátula: INOSTROZA GLADYS PATRICIA C/ ESTEVAN MARIO PABLO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: acredite personería
EXPTE. N° 0737/2009
CARATULA: INOSTROZA GLADYS PATRICIA C/ ESTEVAN MARIO PABLO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, diciembre de 2009.-
Por presentado y domiciliado.-
No surgiendo del poder acompañado la representación invocada, acredítese personería.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro