Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37133

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-07

Carátula: FRANCO Sonia C/MARTINEZ Raúl S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: se libra oficio.-

//neral Roca, 07 de Noviembre de 2005.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razòn lìbrese oficio al Consejo Provincial de Educaciòn de la Provincia de Río Negro haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir la suma de $ 500 en concepto de capital con más $ 200 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

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Poder Judicial de Río Negro