Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23923/09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-18

Carátula: SUPERCANAL S.A. S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Descripción: Sentencia-Of.céd.

///MA, 17 de diciembre de 2009.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “SUPERCANAL S.A. S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte.N°23923/09-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Que a fs. 57 el doctor Luis Fernando Sabbatella solicita se les regulen sus honorarios profesionales.- - - - - - - - - - - - -----A fs. 7/15 vta. el apoderado de Supercanal S.A. interpone acción de inconstitucionalidad en contra de los arts. 22 inc. h) ap. 1.2.) de la Ordenanza Tarifaria Municipal de Viedma Nº 6245/08, vigente para el ejercicio fiscal 2009.- - - - - - - - - -----A fs. 23/37, el doctor Luis Fernando Sabbatella, en su carácter de Fiscal Municipal y en representación de la Municipalidad de Viedma, contesta la demanda incoada, interponiendo excepción de incompetencia.- - - - - - - - - - - - -----Este Cuerpo mediante Aut.Inter.Nº 102, obrante a fs.49/54 se hace lugar al planteo formulado a fs.23/26, por el Fiscal Municipal Dr. Luis Fernando Sabbatella y se declara la incompetencia de este STJ para entender en autos, sin perjuicio de la facultad del interesado para ocurrir a la jurisdicción ordinaria en defensa de los derechos que estime afectados, por los fundamentos dados en los considerandos.Con costas.- - - - - - -----Ello así, corresponde entonces fijar la retribución del profesional peticionante y los del Letrado de la accionante, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo dispuesto en el art.9 y 34 de la Ley de Aranceles, fijándolos en la suma de Pesos NOVECIENTOS ($900) para el doctor Luis Fernando Sabbatella y en la suma de Pesos DOSCIENTOS SETENTA ($270) para el doctor Fernando A.Casadei, equivalentes a 10 y 3 jus respectivamente.- - - - - - - - - - - -----Por ello:

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales del doctor Luis Fernando Sabbatella en la suma de Pesos NOVECIENTOS ($900) y los del Fernando A. Casadei en la suma de Pesos DOSCIENTOS SETENTA ($270). (arts.9, 24 y cc.,L.A.).- Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, devuélvanse.(fdo)ALBERTO I. BALLADINI-JUEZ-VICTOR HUGO SODERO NIEVAS - JUEZ-LUIS LUTZ-JUEZ EN ABSTENCIÓN.ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: TOMO III SENT. NRO. 111 FOLIO 842/843 SEC.4

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