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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35028
Fecha: 2009-12-17
Carátula: NAJUL Enrique A. c/BRUSAIN Armando S. y Otros S/ Ordinario
Descripción: providencia
General Roca, 17 de diciembre de 2009.-s
Proveyendo a fs. 888: Atento la proximidad de la feria judicial, al préstamo solicitado, no ha lugar.-
Proveyendo a fs.894: No integrando el tema, los aspectos que integraron la litis en su oportunidad y sustanciado en el expte 35221-J.10-06, no encuadrando además en la previsión del art.335del C.CP., a lo solicitado no ha lugar.-
Proveyendo a fs.904: Atento el tiempo transcurrido, manifieste concretamente si continúa la situación denunciada.-
Proveyendo a fs. 906: Estése a la recepción, y continúen los autos, según su estado.-
Al préstamo solicitado no ha lugar atento la proximidad de la feria judicial.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro